Tipos de monotributo: cuál te corresponde según tu actividad


Cuál de las siguientes será tu modalidad de trabajo:

  • Como trabajador independiente: Esta es la opción más común. Destinada a quienes venden productos o prestan un servicio por cuenta propia (tengan o no empleados)
  • Como integrante de una sociedad monotributista: Este tipo de sociedad permite hasta 3 socios (todos deben ser monotributistas). La sociedad tiene que ser Ley N° 19.550 Capítulo I Sección IV (ex sociedad de hecho).
  • Como miembro de una cooperativa: Como miembro de una cooperativa registrada ante ARCA, y siempre que tus ingresos brutos anuales no superen el tope que ARCA fija para ese supuesto, no pagarás el componente impositivo de monotributo (sí jubilación y obra social).
  • Como trabajador independiente promovido: Si desarrollas exclusivamente una actividad independiente y esta es tu única fuente de ingresos (además de cierto requisito extra), podés adherirte al Monotributo como trabajador independiente promovido y no pagar el componente impositivo, además de tener la opción de pagar la obra social o no.

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